Mayo 08, 2024

Impuesto al Patrimonio Personas Físicas 2023


IMPUESTO AL PATRIMONIO PERSONAS FÍSICAS,
NÚCLEOS FAMILIARES Y SUCESIONES INDIVISAS 


Contribuyentes comprendidos en el literal A) del artículo 1 del Título 14 del Texto Ordenado 1996 y/o en el segundo inciso del literal B) del mismo artículo por el patrimonio afectado indirectamente a explotaciones agropecuarias.
 

PRÓXIMOS VENCIMIENTOS

Pago del saldo IP y su sobretasa año 2023, IRPF sucesiones indivisas

 16 de mayo de 2024

Declaración jurada IP y su sobretasa, año 2023

 17 de mayo de 2024

 


Pago del Saldo y presentación de Declaración Jurada


Pago del saldo IP y su sobretasa: puede realizarse vía web o a través de redes de cobranzas. Para ello se debe generar en Servicios en línea el boleto de pago 2908, seleccionando el código 321 (Impuesto al Patrimonio-Personas Físicas), con mes cargo 12/2023. El boleto generado puede pagarse en línea allí mismo, o en redes de cobranza, indicando el RUT y el número del boleto.


Presentación de la declaración jurada del IPAT y su sobretasa: se confecciona a través de la aplicación Sigma (Formulario 2104 V03 y Anexos - Aplicación Sigma 2.0), previamente se debe descargar e instalar la Tabla de parámetros, que contiene los valores del año 2023 necesarios para el cálculo. 

La presentación puede realizarse en línea desde la aplicación, para lo cual se debe suscribirse previamente el contrato de adhesión, a efectos de abonar el timbre profesional o también en redes de cobranzas, presentando los archivos generados en un pendrive, acompañado de la impresión del Resumen en 2 vías emitidas por la aplicación, con firma y timbre profesional.


La DGI puso a disposición la información e instructivo para la liquidación del impuesto:


Instructivo DGI

Información para la liquidación proporcionada por DGI

Simulador de Cálculo estimativo
(No contempla patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias)



Comentarios

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