IRPF-IRNR - Suspensión de retención para arrendamientos de inmuebles con fines turísticos
Mediante Decreto (aún sin numerar) de 11/11/2024 se dispuso la suspensión de la retención de IRPF e IRNR sobre arrendamientos de inmuebles temporarios con fines turísticos, para los cobros devengados desde el 1° de diciembre de 2024 y hasta el 30 de abril de 2025 inclusive.