Abril 11, 2024

IRAE - Promoción de productos y servicios biotecnológicos - Prórroga


Antecedentes


El Decreto N° 11/013 de 15/01/2013 declaró promovida de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 11 de la Ley N° 16.906 de 07/01/1998, la actividad de generación de productos y servicios biotecnológicos en el territorio nacional.


Requisitos


Son beneficiarios del régimen de promoción las empresas que realicen actividades económicas vinculadas a la biotecnología no tradicional o que incorporen innovación en comparación a procesos biotecnológicos tradicional en territorio nacional. 


Además, se establece como requisito que la empresa sea una micro, pequeña o mediana empresa (MIPYME de acuerdo al Decreto N° 504/007 de 20/12/2007), sea una empresa nueva o una empresa que implemente un Programa de Desarrollo de Proveedor (PDP).


Quedan excluidas del alcance del referido decreto, aquellas empresas cuyos productos o procesos se obtengan o realicen mediante aplicaciones productivas convencionales y ampliamente conocidas.


Trámite


Para tener derecho a la exoneración dispuesta, las empresas deberán presentar una declaración jurada con la descripción de la actividad a desarrollar por la cual se consideren incluidas en dicha exoneración ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), el cual previo asesoramiento de la Comisión de Aplicación (COMAP), determinará si se cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto N° 11/013.



Alcance temporal

Recientemente, el Decreto N° 102/024 de 04/04/24 prorrogó el alcance temporal del régimen de promoción de inversiones a la actividad de generación de productos y servicios biotecnológicos en el territorio nacional, dispuesto por el Decreto N° 11/013 de 15/01/2013.

En este sentido, los contribuyentes podrán ampararse a la exoneración del IRAE, correspondiente al 50% de las rentas originadas en las actividades promovidas, para los ejercicios iniciados entre el 1° de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025

* Nota: En la redacción anterior, el beneficio promocional alcanzaba hasta los ejercicios iniciados entre el 1° de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023 de acuerdo a lo establecido en el Decreto 75/022 de 03/03/2022


Archivos asociados a este informe
Decreto N° 102/024 de 4/04/24
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Comentarios

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