Noviembre 23, 2023

MTSS - Nuevo criterio de ajuste para salarios en moneda extranjera

Mediante Resolución 363/2023 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) estableció un nuevo criterio a efectos de aplicar los ajustes salariales que dispongan los Consejos de Salarios, cuando las remuneraciones pactadas hayan sido establecidas en moneda extranjera. 

Cuando un Consejo de Salarios no establezca otra cosa, a los efectos de aplicar a los salarios pactados en moneda extranjera los ajustes que el mismo haya dispuesto, se procederá de la siguiente manera: 

a) Se determinará el monto en moneda nacional equivalente al salario en moneda extranjera que percibía el trabajador a la fecha del último ajuste salarial, utilizando para la conversión el tipo de cambio promedio del mes del último ajuste aplicado. 

b) Al monto en moneda nacional obtenido, se le aplicará el ajuste dispuesto por el Consejo de Salarios para el grupo de actividad respectivo. Al monto en moneda nacional resultante, se lo convertirá nuevamente a moneda extranjera utilizando a estos efectos el tipo de cambio promedio del mes del ajuste aplicado. 

c) Si resultare que la variación porcentual del salario, por la evolución del tipo de cambio promedio entre el mes del último ajuste aplicado y el mes del ajuste, es igual o mayor al ajuste dispuesto por el Consejo de Salarios, no corresponde aplicar ajuste. 

d) Si resultare que la variación porcentual del salario, por la evolución del tipo de cambio promedio entre el mes del último ajuste aplicado y el mes del ajuste, es menor al ajuste dispuesto por el Consejo de Salarios, corresponde aplicar un ajuste porcentual complementario, hasta equiparar al porcentaje de ajuste dispuesto para los salarios en moneda nacional. 

La nueva Resolución MTSS 363/2023 de 03/11/2023 sustituye el criterio anterior para el ajuste de salarios que son percibidos en moneda extranjera, que había sido establecido anteriormente por la Resolución MTSS de 09/03/2009.


Archivos asociados a este informe
Resolución 363/2023 de 03/11/2023
| (Documento - 507,4 KB)
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