Octubre 26, 2023

Grupo 19-17 - Estudios Contables - Convenio Décima Ronda

Se publicó el Convenio Colectivo de la Décima Ronda de negociación correspondiente al Grupo 19 Subgrupo 17 (Estudios Contables) de los Consejos de Salarios, con vigencia retroactiva al 1º de julio de 2023.


Vigencia

El Convenio abarca el periodo comprendido entre el  1º de julio de 2023 y el 30 de junio de 2025..


Ajuste salarial al 1º de Julio de 2023

Los salarios del sector vigentes al 30 de junio de 2023 tendrán un incremento salarial de 6,83% aplicable de forma retroactiva a partir del 1º de Julio de 2023. La totalidad del ajuste está compuesto por los siguientes ítems:

a) 4,02% Por concepto de correctivo por inflación del período 01/07/2021-30/06/2023 b) 2,7% Por concepto de proyección de inflación

Aquellos salarios que al 30 de junio de 2023 superan los $110.000 nominales tendrán un incremento de 4,02% sobre la porción del salario que no supere los $110.000, aquella que lo exceda tendrá un incremento de 2,7%.


* Nota: Recordamos que de acuerdo a Acta de 14/03/2023, correspondiente al ajuste salarial con vigencia enero de 2023, se estableció que aquellas empresas que hubieren aplicado un 3% de incremento desde el 1º de enero de 2023, en virtud de lo que surge del acuerdo de Consejos de Salarios original (y no el 1% como fue posteriormente establecido por la citada Acta), podrán proceder a descontar el 2% al momento de realizar el correctivo final por inflación previsto al vencimiento del acuerdo, y que forma parte del incremento salarial retroactivo con vigencia al 1º de julio de 2023. 

Microempresas:

Se define a las microempresas a aquellas que tienen menos de 5 trabajadores y además han facturado una cifra inferior a UI 2.000.000 entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2020.

Aquellas empresas catalogadas como microempresas, tendrán un incremento salarial de 6,86% aplicable también en forma retroactiva a partir del 1º de julio de 2023.

Aquellos salarios que al 30 de junio de 2023 superen los $110.000 nominales tendrán un ajuste final de 4,05% sobre la porción del salario que no supere los $110.000, aquella que lo exceda tendrá un incremento de 2,7%.


Ajustes
Se efectuarán ajustes salariales con una periodicidad semestral, en las siguientes oportunidades:

  • 1º de julio de 2023
  • 1º de enero de 2024
  • 1º de julio de 2024
  • 1º de enero de 2025

Salarios mínimos

Los salarios mínimos vigentes al 1º de julio de 2023 son los siguientes:

Categoría

Salario

Nivel 1

27.593

Nivel 2

29.687

Nivel 3

32.599

Nivel 4

34.444

Nivel 5

34.737



Los salarios mínimos para las empresas catalogadas como Microempresas, al 1º de julio de 2023 son los siguientes: 

Categoría

Salario

Nivel 1

27.442

Nivel 2

29.522

Nivel 3

32.423

Nivel 4

33.258

Nivel 5

34.547


VER CONVENIO


Nota: Para otros Grupos y Subgrupos ver “Situación Salarial al 1° de julio de 2023”, de nuestra página web, que incorpora las Actas de ajuste salarial que se van registrando ante el MTSS.


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