Diciembre 14, 2022

IVA - Servicios de hotelería prestados a turistas residentes - Ley 20.098


Se promulgó la Ley Nº 20.098la cual dispone que las ventas de hospedaje realizadas por hoteles a turistas residentes reciben el tratamiento de exportación de servicios dispuesto por el artículo 34 del Decreto 220/998.

Lo dispuesto por este régimen se aplicará siempre que los ingresos de la empresa prestadora del servicio en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente Ley no hayan superado los 10:000.000 UI a la cotización vigente al cierre del ejercicio.

En caso de ejercicios menores a 12 meses, se considerarán los ingresos de forma proporcional. 

La presente Ley entiende por servicios de hospedaje a todos aquellos prestados por quienes estén inscriptos bajo alguna de las siguientes denominaciones:

  • Hoteles
  • Establecimientos inscriptos como hotel
  • Apart-hotel
  • Motel
  • Hostería
  • Establecimientos de turismo rural con alojamiento, y todo otro similar.

Este tratamiento será otorgado únicamente a aquellas entidades registradas ante el Ministerio de Turismo.


Período comprendido 

Dicho régimen abarca el período comprendido entre el 12/12/2022 y el 28/02/2023 inclusive.

Archivos asociados a este informe
Ley Nº 20.098 de 12/12/2022
| (Documento - 186,4 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.