Septiembre 16, 2022

Regulación de activos virtuales - Proyecto de Ley


El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un Proyecto de Ley en relación a la regulación de activos virtuales. 

De acuerdo a la definición elaborada por el Banco Central del Uruguay (BCU), un activo virtual es una representación digital de valor o derechos contractuales que puede ser almacenada, transferida y negociada electrónicamente mediante tecnologías de registro distribuido (DLT) o tecnologías similares.

El Proyecto de Ley presentado regula los siguientes aspectos principales: 


Regulación de proveedores de servicios sobre activos virtuales

El proyecto de Ley propone la incorporación de un nuevo literal al Art. 37 de Ley N° 16.696 de 30/03/1995 (Carta Orgánica del BCU), el cual incluya a los proveedores de servicios sobre activos virtuales,  entre las entidades definidas como financieras por la regulación bancocentralista.

Esos proveedores de servicios sobre activos virtuales pasarían a ser una nueva categoría de empresa que integra el sistema financiero y que queda sometido a la potestad de autorización, regulación, control y punición por parte de la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU.

El BCU tendrá la potestad de definir aquellos servicios sobre activos virtuales que se consdieren como financieros. 

Asimismo, para el caso de las entidades que presten únicamente servicios de compraventa de activos virtuales, la reglamentación y fiscalización por parte de BCU se limitará a la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.


Regulación de Emisores de Activos Virtuales

Se propone modificar el texto del Art. 14 de la Ley de Mercado de Valores N° 18.627 de 2/12/2009, agregando una nueva especie (activo virtual valor) dentro del género “valores escriturales”, a los que se aplicarán las normas de éstos en lo que sean compatibles con el carácter de registro distribuido y no centralizado en una entidad.

En tanto esos activos virtuales puedan ser catalogados como valores, las personas físicas o jurídicas que se constituyan como emisores de activos virtuales, ingresan a la regulación establecida por la Ley N° 18.627  de 2/12/2009, quedando alcanzados por la reglamentación y control de la Superintendencia de Servicios Financieros. 


Webinar: "Presente y futuro de las Criptomonedas: principales aspectos legales y regulatorios"


El próximo martes 4 de octubre realizaremos la Webinar "Presente y futuro de las criptomonedas: principales aspectos legales y regulatorios" a cargo del Dr. Juan Diana, en la que se hará especial énfasis en aquellas dudas más frecuentes respecto a la temática.


MÁS INFORMACIÓN E INSCRIPCIONES




Archivos asociados a este informe
Proyecto de Ley de 5/09/2022 - Regulación de Activos Virtuales
| (Documento - 8,6 MB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.