Febrero 14, 2022

DGI - Régimen de facilidades Ley 19.942

Recordamos que los sujetos pasivos que adeuden tributos administrados por la DGI y sus correspondientes infracciones tributarias tendrán plazo hasta el próximo 28 de febrero para utilizar el régimen especial de facilidades de pago, establecido por la Ley N.º 19.942 de 23/03/202, su Decreto reglamentario 122/021 de 27/04/2021 y la Ley N.º 17.555 de 18/09/02.


Los contribuyentes podrán convenir las obligaciones tributarias cuyo plazo de pago sea hasta el 28 de febrero de 2021. 


Se incluye en el régimen de facilidades a los sujetos pasivos que adeuden tributos en su calidad de contribuyentes, así como también en su calidad de: agentes de retención, agentes de percepción, responsables sustitutos, y por obligaciones tributarias de terceros. 


Determinación de las Cuotas


La actualización de la deuda se realiza por IPC, desde la fecha de vencimiento a la fecha de firma del Convenio.


Se convierte a UI y se divide en hasta 36 cuotas, que se pagan en pesos según el valor de la UI vigente en ese momento.


El monto de las cuotas fijadas al amparo de éste régimen no podrá ser inferior a UI 1.000, excepto en el caso de sujetos pasivos de IRPF, IASS, Impuesto de Primaria o IVA mínimo, caso en el cual las cuotas podrán ser inferiores a UI 1.000.


Trámite de solicitud


La solicitud del Convenio de facilidades se gestiona a través de los Servicios en línea de DGI, en el menú `Solicitud de inicio de trámites´, seleccionando la opción Convenios; debiendo adjuntar la documentación correspondiente.

Las solicitudes serán procesadas y en caso de ser aprobadas, se coordinará para la firma del Convenio.

 

Nota: Ampliar al respecto en Informe de GPA de 26/03/2021, Informe de GPA de 04/05/2021Informe de GPA de 06/05/2021.


Comentarios

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