Febrero 01, 2022

Responsables por Obligaciones Tributarias de Terceros - Entidades Exceptuadas

Mediante Decreto 37/022 de 24/01/22 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo por el cual las operaciones efectuadas por las empresas de reducida dimensión económica se encuentran exceptuadas del régimen de retenciones dispuesto por el decreto 94/002 (Obligaciones Tributarias de Terceros).

Esta disposición tiene vigencia retroactiva al 31 de diciembre de 2021


Redacción actualizada del literal h) del articulo 3° del Decreto 94/002 de 19/03/002:


"...Quedan exceptuados del régimen de retención que se establece precedentemente, los pagos que realicen los responsables designados en el artículo 1° del presente decreto a:

(...)

h) contribuyentes incluidos en el literal E) del articulo 52 del Titulo 4 del Texto Ordenado 1996, en los artículos 70 y siguientes de la Ley N°18.083 de 27 de diciembre de 2006 (Monotributo) y en la Ley 18.874 de 23 de diciembre de 2011 (Monotributo Social MIDES), por las enajenaciones de bienes y prestaciones de servicios efectuadas entre el 1° de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2022..."

Archivos asociados a este informe
Decreto 37/022 de 24/01/22
| (Documento - 650,2 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.