Septiembre 14, 2021

Unidades Económico Administrativas - Declaración Jurada Anual


Las unidades económico administrativas inscriptas en la DGI de acuerdo al artículo 28 del Decreto 30/015 de 16/01/15 (Reglamentario del Impuesto al Patrimonio), deben presentar una declaración jurada anual confeccionada al 30 de junio de cada año (Formulario 3600 - Aplicación Sigma), determinando los activos afectados a explotaciones agropecuarias de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Título 14 del Texto Ordenado 1996.

Plazo

La referida declaración correspondiente al presente año deberá presentarse hasta el 17 de septiembre de 2021 por Internet, medios magnéticos en los locales de cobranza habilitados o en dependencias de la DGI.

Obligados

Las unidades económico administrativas no estarán obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva, cuando se cumpla simultáneamente que: 

a) el monto total de los activos afectados a explotaciones agropecuarias de cada uno de sus integrantes  no supere las UI 6.000.000, determinado de acuerdo con lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 38 del Título 14 del Texto Ordenado 1996; y 

b) los referidos integrantes se encuentren exonerados del Impuesto al Patrimonio por sus activos afectados a explotaciones agropecuarias.

 

Comentarios

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