Noviembre 06, 2016

Convenio Tributario Uruguay - Reino Unido

 

Mediante la Ley  Nº 19.443 de 27 de octubre de 2016 se aprobó el Convenio celebrado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio y su Protocolo, firmados en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 24 de febrero de 2016.

Recordamos que recientemente también se aprobó el Acuerdo celebrado entre ambos Gobiernos sobre Intercambio de Información en Materia Tributaria, suscrito en Londres, el 14 de octubre de 2013. (Ley  Nº 19.429 de 5 de setiembre de 2016)  


Actualmente, Uruguay tiene Convenios vigentes de carácter tributario con los siguientes países: Alemania, Argentina, Australia, Canadá, Corea, Dinamarca, Ecuador, Emiratos Árabes Unidos, España, Finlandia, Francia, Groenlandia, Hungría, India, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Malta, México, Noruega, Países Bajos, Gran Bretaña (intercambio de información) Portugal, Rumania, Suecia, Suiza y Viet Nam.

Convenios aún no vigentes

Convenios aún no vigentes con aprobación parlamentaria: Brasil, Chile, Luxemburgo, Bélgica y Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, Gran Bretaña (Evitar la Doble Imposición)

Archivos asociados a este informe
Convenio Tributario Uruguay - Reino Unido
| (Documento - 1,9 MB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.