Agosto 24, 2015

Ley de Inclusión Financiera Proceso de la reducción de la tasa de IVA



REDUCCIÓN DE LA TASA DE IVA


El artículo 53 de la Ley 19.210 de 29/04/14 (Ley de Inclusión Financiera) que modificó el artículo 87 del Título 10 del TO-1996, dispuso una reducción permanente de 2 puntos porcentuales de la tasa del IVA, tanto en la básica como en la mínima, aplicable a las enajenaciones de bienes y prestaciones de servicios efectuadas a consumidores finales, siempre que la contraprestación se efectúe mediante la utilización de tarjetas de débito, instrumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos.

Además, se facultó al Poder Ejecutivo a incrementar la reducción de dos puntos de IVA para operaciones con tarjeta de débito y por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas), según el siguiente detalle: En hasta 2 puntos porcentuales durante el primer año y en hasta un punto porcentual en el segundo año.

Respecto a las tarjetas de crédito el Poder Ejecutivo quedó facultado a reducir la tasa del IVA, aplicable a enajenaciones de bienes y prestaciones de servicios por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas), según el siguiente detalle: - En hasta 2 puntos porcentuales durante el primer año y en hasta un punto porcentual en el segundo año.

 

PROCESO DE REDUCCIÓN DE LA TASA DE IVA


Operaciones con tarjetas de débito o dinero electrónico:

  • Del 1º de agosto de 2014 al 31 de julio de 2015: 2% básico correspondiendo un 2% adicional para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2015 al 31 de julio de 2016: 2% básico correspondiendo un 1% adicional para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2016 en adelante: 2% permanente tanto para la tasa básica como la mínima.

Operaciones con tarjeta de crédito:

  • Del 1º de agosto de 2014 al 31 de julio de 2015: 2% de reducción para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2015 al 31 de julio de 2016: 1% de reducción para operaciones por montos inferiores a 4.000 UI.
  • Del 1º de agosto de 2016 en adelante: Sin reducción.

Informe GPA relacionado: Reducción de la tasa de IVA - Crédito Fiscal 

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