Febrero 06, 2015

Cannabis para uso medicinal



CANNABIS PARA USO MEDICINAL


Mediante el Decreto 46/015 de 4 de febrero de 2015 se reglamentó la Ley 19.172 de 20 de diciembre de 2013 en lo referente al cannabis destinado en la forma exclusiva para la investigación científica o la elaboración de especialidades farmacéuticas para uso medicinal.

En el artículo 48 del referido Decreto se establece la tasa de IMEBA del 0% para los hechos generadores vinculados al cannabis psicoactivo y no psicoactivo con los destinos mencionados anteriormente. 

Archivos asociados a este informe
Decreto 46/015 de 4 de febrero de 2015
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