Agosto 01, 2024

BPS - Adelanto a Cuenta del Ajuste de Pasividades 2025

Antecedentes


Mediante el Decreto N.º 346/023 del 26/10/2023, se estableció que a partir del 1° de julio de 2024 se otorgará un adelanto del 3% a cuenta del próximo ajuste correspondiente a las jubilaciones y pensiones mínimas servidas por el Banco de Previsión Social (BPS).


Las pasividades comprendidas son:


  • Jubilaciones Mínimas: Un adelanto del 3% a cuenta del siguiente ajuste correspondiente a las jubilaciones mínimas servidas por el BPS.


  • Pensiones de Sobrevivencia Mínimas: Un adelanto del 3% a cuenta del próximo ajuste correspondiente a las pensiones de sobrevivencia mínimas servidas por el BPS.





El Banco de Previsión Social (BPS) comunicó un adelanto del 3% a cuenta del ajuste de pasividades para el año 2025. Este beneficio está destinado a jubilaciones y pensiones por sobrevivencia que no superan los $18.840. El adelanto se aplicará a partir de julio de 2024, según el Decreto N.º 346/023 del 26/10/2023.


Beneficiarios

Los beneficiarios de este adelanto son:


  • Jubilados y Pensionistas por Sobrevivencia: Residentes en Uruguay que perciban ingresos por pasividades y rentas AFAP de hasta $18.840.

  • Pensionistas de 65 y más años: Aquellos que al 30 de junio de 2024 tengan registrada su declaración jurada de ingresos en el BPS.



Detalles del Adelanto


El adelanto del 3% se aplicará a partir de julio de 2024 y se verá reflejado en el primer pago que se realizará en agosto, el cual se percibirá junto con la pasividad habitual. 

Para aquellos que perciben rentas AFAP, el adelanto del 3% se aplicará exclusivamente sobre las pasividades pagadas por el BPS. 



Pensionistas por Sobrevivencia


Para los pensionistas por sobrevivencia que reciben el adelanto por primera vez y aún no presentaron su declaración jurada de ingresos, es obligatorio realizar esta declaración. 


La declaración puede presentarse a través de los servicios en línea del BPS, si tienen un Usuario personal BPS, utilizando el servicio "Ingresar declaración jurada de integrantes de núcleo e ingresos"


Alternativamente, pueden hacerlo presencialmente en las oficinas del BPS, reservando cita a través del trámite "Ajuste a mínima de pensión por sobrevivencia".