Agencias de Viajes - Garantía ante el Ministerio de Turismo
Se autorizó por única vez, al Ministerio de Turismo y Deporte a recibir las garantías de funcionamiento previstas en el artículo 12º del Decreto 3/997, de 03/01/997, que se constituyan mediante seguro de fianza, con una vigencia de 90 (noventa) días a con