IVA Mínimo - Tope de ingresos Literal E) desde 01/01/2023
Para los ejercicios iniciados a partir del 1º de Enero de 2023, el tope de ingresos para quedar incluido en el Literal E) del artículo 52 del Título 4 del TO-1996 (Pequeña Empresa - IVA mínimo) es de $ 1.708.549