Septiembre 28, 2020

Empresas Rurales - Cobertura bonificada de Accidentes de Trabajo

El Banco de Seguros del Estado (BSE) comunicó que en oportunidad de la implementación del cambio de régimen del seguro de Accidentes de Trabajo para empresas de aportación rural establecido por la Ley 19.678 de 26/10/18, al coeficiente de gradualidad en la aplicación de la tarifa establecido en dicha Ley, durante el año 2020 el BSE aplica bonificaciones adicionales para disminuir el impacto en las empresas por dicho cambio. 

Para el cuatrimestre enero-abril, se aplicó un tope en función de lo que la empresa abonó al BPS por el sistema anterior en el último cuatrimestre de 2019. 

En el 2do y 3er cuatrimestre se ajustará la bonificación de forma tal que en el 3er cuatrimestre todas las pólizas se calculen en base a la tasa de tarifa dando así cumplimiento a lo establecido por Ley.

Ver Comunicado de BSE

Antecedente

Recordamos que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 129º de la Ley 19.678 de 26/10/18 y el Decreto 210/019 de 8/7/19, las pólizas de Seguros de Accidentes y Enfermedades Profesionales de los trabajadores rurales se pasarán a calcular conforme al régimen general previsto en la Ley 16.074 de 10/10/89, por lo que dejan de considerarse dentro del cálculo de la contribución patronal rural que abonan las empresas a BPS, pasando a la órbita del Banco de Seguros del Estado (BSE).

Régimen transitorio gradual

Durante los primeros tres años de vigencia del nuevo régimen, la tasa de prima será bonificada de acuerdo al siguiente detalle:

  • 1er año: 60%
  • 2do año: 40%
  • 3er año: 20%

(Ver al respecto Informes antecedentes de GPA)

 

Comentarios

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