Abril 11, 2016

IVA - Secretaría Administrativa del Mercosur


Mediante Decreto de 4 de abril de 2016 se amplió el alcance del numeral 20) del articulo 34 del Decreto Nº 220/998 de 12/08/98 (Exportación de Servicios) referido a servicios prestados al Alto Representante General del MERCOSUR y se estableció un procedimiento de devolucion del lmpuesto al Valor Agregado para ciertas adquisiciones que realice la referida entidad.

Se consideran exportación de servicios:

"Los siguientes servicios prestados a la Secretaria Administrativa del Mercosur, al Parlamento del Mercado Común del Sur en el marco del Convenio de Financiacion ALA/2006/18- 200 de 31 de agosto de 2006, suscrito entre la Unión Europea y el MERCOSUR, y al Alto Representante General del MERCOSUR:

  • Servicios de asesoramiento.
  • Servicios prestados para diseño, desarrollo o implementacién de soportes logicos especificos, entendiéndose por tales aquellos que se produzcan previa orden.
  • Licencias del uso de soportes lógicos por un período o a perpetuidad.
  • Cesión total de los derechos de uso y explotación de soportes logicos."
Archivos asociados a este informe
Decreto de 4 de abril de 2016 (Versión Presidencia)
| (Documento - 65,2 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.