Septiembre 18, 2017

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola

Resolución DGI 6161/2017 de 15 de setiembre de 2017

Visto: La solicitud de incluir determinados bienes en la nómina que establece el numeral 1º de la Resolución de esta Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979.
Resultando: I) Que el literal D) del numeral 1º y literal B) del numeral 3º) del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo.
II) Que el artículo 38 del Decreto 220/998 de 12 de agosto de 1998, establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva.
Considerando: Que los bienes denominados "Remolques fuera de ruta, de enganche a la barra de tiro del tractor y estructura específica para el transporte de fardos redondos", son de uso exclusivo en el medio rural, por lo que corresponde su inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el VISTO.
Atento: A lo expuesto.

El Director General de Rentas

RESUELVE:

1º Sustitúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado que establece el numeral 1º de la Resolución de esta Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979, a los bienes denominados:

" - Remolques transportadores de fardos redondos de hasta 800 kgs."

por los siguientes:

" - Remolques fuera de ruta, de enganche a la barra de tiro del tractor y estructura específica para la transporte de fardos redondos; se excluyen las plataformas y las cajas con barandas como estructuras de carga".

2º Publíquese, etc, 

 

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 6161/2017 de 15 de setiembre de 2017 (Versión PDF)
| (Documento - 134,8 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.