Septiembre 22, 2015

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola


MAQUINARIA AGRÍCOLA EXONERADA

Se incluye en la nómina de máquinas agrícolas y sus accesorios exoneradas de IVA a los siguientes bienes:  “Carros para el transporte no carretero de plataformas para cosechadoras” y "Carro de tiro para montar fertilizadora de acople a tres puntos, con mecanismo de conexión a tractor".


RESOLUCIÓN DGI Nº 3815/2015 DE 22 DE SETIEMBRE DE 2015

VISTO: El numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/1979 de 30 de noviembre de 1979. 
RESULTANDO: I) Que el literal D) del numeral 1º y el literal B) del numeral 3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo. 
II) Que el artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998 establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva. 
CONSIDERANDO: Que corresponde incluir determinados bienes en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el Visto. 
ATENTO: A lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

1º) Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del I.V.A. que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/1979 de 30 de noviembre de 1979 a los siguientes:

  •  “Carros para el transporte no carretero de plataformas para cosechadoras”
  • "Carro de tiro para montar fertilizadora de acople a tres puntos, con mecanismo de conexión a tractor" 

2º) Publíquese, etc. 

Archivos asociados a este informe
Listado de Maquinaria Agrícola exonerada de IVA
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