Agosto 21, 2019

DGI - Software - Declaración informativa

El Articulo 161 TER del Decreto 150/007 establece que los contribuyentes que pretendan ampararse a la exoneración de IRAE prevista para las actividades de desarrollo de soportes lógicos y servicios vinculados deberán presentar una declaración jurada anual informativa.

La misma deberá contener la siguiente información:

Para quienes realicen actividades de servicios vinculados al desarrollo de software:

a) número de dependientes que desarrollaron en territorio nacional, en forma directa, tareas vinculadas a la prestación de los servicios, cantidad total de horas insumidas por las referidas tareas, el importe total de las remuneraciones abonadas a los mismos, en el ejercicio;

b) cantidad total de horas contratadas con otros prestadores deservicios de desarrollo de soportes lógicos y servicios vinculados, en territorio nacional; identificando a los prestadores y los importes abonados a cada uno de ellos en el ejercicio;

c) cantidad total de horas contratadas con prestadores de servicios de desarrollo de soportes lógicos y servicios vinculados, en el exterior; identificando a los prestadores y los importes abonados a cada uno de ellos en el ejercicio;

d) importe de los gastos y costos directos incurridos en el país, en el ejercicio, para la prestación de los servicios exonerados, incluidos los montos referidos en los literales (a) y (b);

e) importe de los gastos y costos directos totales incurridos en elejercicio, para la prestación de los servicios exonerados; y

f) monto del ingreso exonerado en el ejercicio.

Para quienes realicen actividades de desarrollo de soportes lógicos:

  • El detalle de los elementos que componen el cociente de exoneración.

Oportunidad de la presentación

Según Resolución de DGI 10.403/018 el plazo para la presentación de la respectiva declaración jurada, vence conjuntamente con la declaración anual de Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas.

Posteriormente, mediante Resolución 2.793/019 de 8/8/19 se postergó dicha presentación (para los contribuyentes con cierre de ejercicio entre el 1/1/18 y 30/04/19) al mes de Setiembre de 2019, de acuerdo con el calendario general de vencimientos de sus obligaciones tributarias.

ACCESO A DESCARGA DE APLICATIVO PADI Y FORMULARIO 3011

Archivos asociados a este informe
Resolución 2790-019
| (Documento - 27,5 KB)
Resolución 2793-019
| (Documento - 25,2 KB)
Comentarios

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