Diciembre 22, 2020

DGI - Modificación de plazos y condiciones de declaraciones juradas

Mediante Resolución de la DGI N° 2.403/020 de 17 de diciembre de 2020 se modificaron algunas condiciones y plazos para la presentación de declaraciones juradas ante DGI.

Las modificaciones son las siguientes:

  • Se derogó la fijación de un calendario especial de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas anuales del IRAE, ICOSA y del Impuesto al Patrimonio para contribuyentes No Cede con cierre de ejercicio al 31 de diciembre. Hasta años anteriores, se establecía un calendario especial a tales efectos durante el mes de mayo para ese tipo de empresas. Al derogarse el cuadro especial de vencimientos, las empresas No Cede con cierre de ejercicio al 31 de diciembre se pasarán a regir por el calendario general de vencimientos correspondiente al cuarto mes siguiente a la finalización del ejercicio (vencimientos correspondientes al mes de abril). 
  • Se estableció que la declaración anual del IVA por servicios de transporte terrestre de pasajeros y el saldo cuando corresponda, se efectuará dentro del primer mes siguiente al de cierre del ejercicio.
  • Se derogó la Resolución DGI 398/1998 de 13/10/98 que establecía la obligación, plazos y condiciones de presentación de la declaración jurada informativa a contribuyentes de IVA e IRAE que sean prestatarios de servicios de publicidad, propaganda o de organizaciones de eventos promocionales.
Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 2403/020 de 17/12/20
| (Documento - 545,8 KB)
Resolución DGI N° 1.478/007 de 24/12/07 - Vencimientos DGI (Texto actualizado)
| (Documento - 142,1 KB)
Comentarios

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