Febrero 11, 2021

DGI - Declaración Jurada anual No CEDE - Formulario 1050

A partir de los Balances cerrados a Octubre de 2020 (cuya declaración jurada se presenta con los vencimientos correspondientes al mes de febrero de 2021), los contribuyentes del Grupo NO CEDE deberán utilizar el nuevo Formulario 1050 (Aplicación PADI) a los efectos de declarar el IRAE, ICOSA e Impuesto al Patrimonio. 

El nuevo Formulario 1050 sustituye el formulario 2148 para contribuyentes No CEDE, y es de uso obligatorio para cierres de ejercicio en octubre de 2020 y siguientes. Para períodos anteriores, o reliquidaciones de períodos anteriores, se deberá continuar utilizando el formulario 2148 incluido en Sigma.

El Formulario 1050 se encuentra disponible para su descarga en el siguiente LINK.

Nuevas funcionalidades del Formulario 1050

El nuevo formulario 1050 presenta varios cambios con respecto al anterior formulario 2148, entre los que se destaca: 

  • Información contable. Se exponen el Estado de Resultados y el de Situación Patrimonial con la información contable; en cada cuenta se pueden realizar ajustes de admisión, valuación u otros, para llegar al valor fiscal.
  • Envío web por Servicios en Línea. Si se opta por el envío web, no se ingresa la contraseña en el propio aplicativo, sino que el envío se realiza desde Servicios en línea con clave, en la opción: “Receptor de declaraciones PADI”
  • Controles automáticos por DGI. Al enviar el formulario 1050, el sistema receptor de DGI realiza controles en relación al formulario 2178 (aplicación Sigma), por lo que se recomienda enviar el 2178 al menos un día antes que el 1050.
  • Generación automática de boleto de pago. Al enviar el formulario 1050, según el saldo resultante, se genera automáticamente un boleto de pago 2908 para declaraciones originales. El boleto 2908 quedará disponible en Servicios en Línea para que el contribuyente lo pueda pagar vía Web o imprimir para su posterior pago en las entidades colaboradoras.
  • Solicitud automática de certificados de crédito. Para declaraciones con saldo de crédito, se genera en forma automática una solicitud de certificados de crédito tipo A. 
  • Reliquidaciones. Para reliquidar una declaración se puede copiar la original, cambiar el tipo de declaración a “reliquidación”, y luego editar los valores que se deseen.

La DGI difundió un video de la capacitación dirigida a profesionales, administradores y gestores realizada en noviembre de 2020, en modalidad virtual, sobre el Formulario 1050 (PADI), y las presentaciones de la charla. Ver Video

Comentarios

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