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El MTSS comunicó que iniciará el control del cumplimiento del Decreto 128/2014, sobre obligatoriedad de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo en la rama de actividad del Grupo 07 Subgrupo 02.
En cumplimiento del Convenio Internacional de Trabajo Nº 161 sobre servicios de Salud en el Trabajo, el Poder Ejecutivo comenzó a disponer la implementación por parte de las empresas de los llamados “Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo”
Se establece la implementación gradual de los "Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo" en cualquier actividad, sea de naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio y tenga o no finalidad de lucro.