Septiembre 24, 2014

Grupo 19-03 - Beneficio de vestimenta para porteros de edificios


PORTEROS DE EDIFICIOS

GRUPO 19-03 

 

De acuerdo a los Laudos de Consejos de Salarios homologados por Decretos del Poder Ejecutivo, los edificios deben proveer a los porteros en forma anual de: 

· 2 overoles o trajes de faena, o 2 túnicas por año, y botas de goma en caso de ser necesario

· 1 traje uniforme, 2 camisas, 1 corbata, y un par de zapatos 

o la compensación en efectivo correspondiente, que podrá hacerse efectiva una vez al año, o la doceava parte del importe total, mes a mes.

El monto en efectivo de la compensación se actualiza en el mes de setiembre de cada año, de acuerdo a la variación en los 12 meses anteriores del IPC - División 03 Prendas de Vestir y Calzado. 

Aplicando la variación producida en el referido índice desde el 01/09/2013 al 30/08/2014 (114.45 / 109.71% = 4.32%), a partir del 1º de Setiembre de 2014 para la compensación por concepto de vestimenta corresponden los siguientes montos: 

 

Puerta $ 4.843
Fajina $ 1.673
Botas Valor en plaza

 

Estos valores rigen desde el 1º de setiembre de 2014 al 31 de agosto de 2015.

Nota: Montos sujetos a confirmación oficial

Archivos asociados a este informe
Grupo 19-03 - Vestimenta y Calzado - Porteros de Edificios (Versión PDF)
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