Enero 14, 2019

Fondo de Reconversión Laboral (FRL) a partir del 01/01/19


Recordamos que el artículo 17 de la Ley 19.689 de 29 de octubre de 2018 estableció la tasa de aportación al Fondo de Reconversión Laboral, a partir de las remuneraciones generadas desde el 1° de enero de 2019, tanto para empleadores, trabajadores y Estado en un 0,10% (cero con diez por ciento), calculado sobre las asignaciones computables gravadas por contribuciones especiales de seguridad social.

Además, se facultó al Poder Ejecutivo, previa consulta a las organizaciones profesionales más representativas de empleadores y trabajadores, a elevar dicha tasa hasta el 0,125% (cero con ciento veinticinco por ciento).


VER COMUNICADO BPS



Ley 19.689 de 29 de octubre de 2018

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Artículo 17. La tasa de aportación al Fondo de Reconversión Laboral, a partir del 1° de enero de 2019, se establece para empleadores, trabajadores y Estado en un 0,10% (cero con diez por ciento), calculado sobre las asignaciones computables gravadas por contribuciones especiales de seguridad social.

El Poder Ejecutivo hará efectivo el pago correspondiente al Fondo de Reconversión Laboral, a partir de enero de 2020.

Facúltase al Poder Ejecutivo, previa consulta a las organizaciones profesionales más representativas de empleadores y trabajadores, a elevar dicha tasa hasta el 0,125% (cero con ciento veinticinco por ciento).

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