Septiembre 25, 2018

BCU - Identificación del beneficiario final



La Auditoría Interna de la Nación recordó que las Sociedades de Responsabilidad Limitada y Fideicomisos no obligados a informar por la Ley N° 18.930 de 17/07/12, tienen plazo hasta el 30 de setiembre de 2018 para efectuar la comunicación de beneficiario final al BCU.
(Plazo establecido por el artículo 7º de la Ley 19.631 de 22 de junio de 2018)

 

Exceptuados de presentar Declaración Jurada ante el BCU:

Las sociedades personales o sociedades agrarias en que la totalidad de las cuotas sociales pertenezcan a personas físicas, siempre que sean estas sus beneficiarios finales.

Igualmente deberán cumplir con la obligación de identificar a los beneficiarios finales, debiendo conservar toda la documentación acreditante, la que podrá ser solicitada en cualquier momento por los organismos que tengan acceso al registro que lleva el Banco Central del Uruguay, así como la Auditoría Interna de la Nación en el marco de sus cometidos de control.

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