Marzo 19, 2013

FONASA Servicios Personales - Declaración Jurada Anual

FONASA

SERVICIOS PERSONALES - DECLARACIÓN JURADA ANUAL

PLAZO: 26 DE ABRIL DE 2013 

De conformidad con lo dispuesto en el art. 27 del Dec. 221/011 de 27/06/2011, los titulares de servicios personales fuera de la relación de dependencia deben liquidar anualmente, al 31 de diciembre de cada año, los aportes destinados al Fondo Nacional de Salud (FONASA), a cuyos efectos el Banco de Previsión Social, ha establecido la obligación de presentar Declaración Jurada con plazo hasta el 26 de abril de 2013. 

Se encuentran comprendidos en esta obligación, las personas físicas residentes con actividad en calidad de prestadores de Servicios Personales fuera de la relación de dependencia, por sí o a través de sociedades de hecho o civiles, en el período enero a diciembre 2012:

  • Profesionales (afiliados a Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios)
  • Escribanos (afiliados a Caja Notarial de Seguridad Social)
  • Titulares de Servicios Personales no profesionales (afiliados a BPS)  

La declaración debe ser presentada por internet, a través del aplicativo disponible en la página web “Declaración Anual de Servicios Personales”, a cuyos efectos resulta necesario que el titular posea la calidad de usuario registrado de los servicios en línea de BPS.  

A los efectos de facilitar la gestión, en la página web de BPS, www.bps.gub.uy en el sitio destinado a Servicios Personales – Declaración Jurada los contribuyentes podrán:

  • Acceder a la información
  • Consultar Preguntas Frecuentes
  • Solicitar el Código de Acreditación
  • Blanquear la contraseña
  • Simular el cálculo de su declaración
  • Ingresar a la Declaración
  • Consultar a través del punto Contáctenos o agendar una cita para ser atendido en Sarandí 570. Asistencia al Contribuyente.  

Consultas ante BPS:

Telefónicamente: 0800-2001 opción 0
Vía correo electrónico: ServiciosPersonalesSNS@bps.gub.uy  

 

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