Diciembre 06, 2018

BPS - Pago de retroactividades por laudo

 

BPS – ATYR

RETROACTIVIDADES POR LAUDO 


El BPS autorizó condiciones especiales para el pago de los aportes patronales y personales generados por las retroactividades por laudo según las siguientes opciones: 

  • pago sin multas ni recargos, de las retroactividades por laudo generadas a partir del 1º de julio de 2018 conjuntamente con las obligaciones por mes de cargo diciembre/2018 que se efectivizan en el mes de enero/2019, para todas las actividades cualquiera sea la fecha efectiva en que se haya registrado el acuerdo y efectuada la publicación hasta el 31/12/2018.
    Igual tratamiento tendrán las obligaciones formales  y de rectificaciones al sistema de historia laboral derivadas de los ajustes salariales dispuestos a partir del 1º de julio de 2018. 

  • pago de los aportes generados por las retroactividades por laudo de la siguiente manera:

a.  APORTES PERSONALES: mediante la entrega de cheques diferidos, con hasta un plazo máximo de 180 días. Las multas y recargos se calcularán desde el correspondiente vencimiento en el mes de enero hasta la fecha de cobro de cada cheque,

b.  APORTES PATRONALES: mediante la suscripción de un convenio de facilidades de acuerdo al régimen previsto por los arts. 32 a 34 del Código Tributario hasta en 18 cuotas en pesos o hasta 36 cuotas en dólares.  

Archivos asociados a este informe
R.D. N° 44-41/2018 de 5 de diciembre de 2018
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