Septiembre 17, 2020

BPS - Comunicación de reintegros del subsidio por desempleo

Mediante Comunicado 39/020 el BPS estableció que a partir del 1° de Octubre, los reintegros a la actividad de trabajadores amparados al subsidio por desempleo deberán ser comunicadas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de reintegro.

Sanciones por incumplimiento

Se establece que en caso de incumplimiento, el BPS podrá aplicar las multas previstas en el artículo 27 del Decreto 162/009 de 30/03/009 y repetir contra las empresas los pagos indebidos que se realicen a los trabajadores con base en información inexacta proporcionada por estas.

Comunicación

La comunicación se deberá realizar desde el servicio en línea GAFI - Alta fecha reintegro, al que se accede con usuario registrado. Allí, se deberán ingresar el número de la empresa y el documento del trabajador, así como completar los datos solicitados.

También se podrá informar la fecha de reintegro a la actividad desde el servicio Registro de afiliaciones - GAFI.

Consultas

Las consultas se deben realizar desde el servicio en línea Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Subsidio por desempleo.

VER COMUNICADO 39/020

Comentarios

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