Octubre 18, 2018

RUT - Contribuyentes agropecuarios "Núcleo Familiar"


Resolución DGI 9429/2018 de 17 de octubre de 2018

VISTO: la Resolución Nº 2057/2009 de 25 de noviembre de 2009.
RESULTANDO: I) que la mencionada resolución estableció que los contribuyentes que desarrollen actividades agropecuarias y se encuentren inscriptos como Núcleos Familiares, serán considerados sociedades de hecho a los efectos de la liquidación el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas;
II) que los referidos contribuyentes se encuentran inscriptos en el Banco de Previsión Social como personas físicas o como sociedades de hecho.
CONSIDERANDO: conveniente uniformizar la inscripción registral de los citados contribuyentes en ambos organismos.
ATENTO: a lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

1) La inscripción en el Registro Único Tributario como “Núcleo Familiar” de los contribuyentes que desarrollen actividades agropecuarias, será ajustada a tipo de entidad “Persona Física”, salvo que dichos contribuyentes se presenten antes del 28 de febrero de 2019, a los efectos establecer su inscripción como tipo de entidad “Sociedad de Hecho”.

2) Publíquese

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Resolución Nº 2057/2009 de 25 de noviembre de 2009
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