Julio 19, 2019

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola

 

"Carros dosificadores  leche para terneros con hasta 300 litros de capacidad"


Resolución DGI Nº 2426/2019 de 17 de julio de 2019

VISTO: la solicitud de incluir determinados bienes en la nómina que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979;
RESULTANDO: I) Que el literal D) del numeral 1º y el literal B) del numeral 3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo;
II) Que el artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de1998 establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva;
CONSIDERANDO: que los bienes denominados “Carros dosificadores de leche para terneros con hasta 300 litros de capacidad”, son de uso exclusivo en el medio rural, por lo que corresponde su inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el Visto.
ATENTO: a lo expuesto;

El DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:


1º) Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del I.V.A. que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979, a los siguientes: “Carros dosificadores  leche para terneros con hasta 300 litros de capacidad”.

2º) Publíquese, etc.

Archivos asociados a este informe
Nómina de maquinaria agrícola exonerada (según Res. DGI 305/79) Fuente DGI
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