Febrero 20, 2019

IMESI - Crédito fiscal a envases retornables de bebidas


El artículo 269 de la Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017 -incorporado al art. 1º del Título 11 (IMESI) del TO-1996- estableció que el Poder Ejecutivo podrá otorgar un crédito fiscal a los fabricantes de los bienes de los numerales 5), 6) y 7) que utilicen para su comercialización envases retornables, de hasta el 40% (cuarenta por ciento) del Impuesto Específico Interno que corresponda al numeral.

De acuerdo al Decreto 440/018 de 28 de diciembre de 2018, para el primer semestre de 2019, el crédito fiscal dispuesto por el artículo 1º del Decreto 2/018 de 8 de enero de 2018, para el período 1º de enero a 30 de junio de 2019, se determinará aplicando el mismo coeficiente correspondiente al semestre inmediato anterior.

 

 

Archivos asociados a este informe
Decreto 440/918 de 28 de diciembre de 2018
| (Documento - 212,7 KB)
Decreto 02/2018 de 8 de enero de 2018
| (Documento - 114,2 KB)
Decreto 228/018 de 23 de julio de 2018
| (Documento - 216,8 KB)
Comentarios

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