Febrero 23, 2016

DGI - Impuesto de Primaria Rural 2016

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Mediante Resolución 815/2016 de 23 de febrero de 2016 la DGI estableció condiciones y plazos para presentar la Declaración Jurada y efectuar los pagos correspondientes al año 2016 del Impuesto de Primaria Rural para aquellos inmuebles se encuentren afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias.


Plazo para presentar la Declaración Jurada:  29 de abril de 2016


Pago:
Podrá abonarse en tres cuotas iguales con vencimiento 31 de mayo, 30 de setiembre y 9 de diciembre de 2016.
No se admite el pago mediante certificados de crédito ni la imputación de pagos a cuenta de impuestos recaudados por la Dirección General Impositiva.


Declaración Jurada

La Declaración Jurada solamente deberá presentarse cuando existan inmuebles cuyo valor real sea igual o superior a $ 142.050. En tal caso, deberán incluirse también los padrones rurales cuyo valor real sea inferior al monto referido.
Cuando alguno de los padrones por los que se adquiere la calidad de contribuyente, goce de una exoneración objetiva parcial, se deberá discriminar el área comprendida en la misma.

Declaración Jurada - Ampliar

Explotaciones menores a 200 hás. CONEAT 100

En el caso de los contribuyentes que exploten padrones que en su conjunto no excedan de 200 hectáreas índice CONEAT 100 y se hubieren amparado a la exoneración de la Contribución Inmobiliaria dispuesta por el artículo 448 de la Ley Nº 17.296 de 21/02/01, será suficiente con acreditar la presentación de la declaración jurada ante los Gobiernos Departamentales correspondientes, cuando la misma les sea requerida por la Dirección General Impositiva.

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 815/2016 de 23 de febrero de 2016
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