Noviembre 25, 2014

Devolución de tributos a las exportaciones - Prórroga

 

DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES

PRÓRROGA


En el Anexo III del Decreto 147/014 de 23 de mayo de 2014 se estableció una nómina de bienes con una tasa de devolución de tributos mayoritariamente del 6% (seis por ciento) para las exportaciones embarcadas entre el 1º de junio de 2014 y el 30 de noviembre de 2014.

Mediante reciente Decreto de 21 de noviembre de 2014 se dispuso una prórroga del citado beneficio hasta el 31 de mayo de 2015.

 

Decreto 335/014 de 21 de noviembre de 2014

Visto: el Decreto Nº 147/014 de 23 de mayo de 2014
Resultando: que el artículo 3º de la referida norma fijó una tasa de devolución de tributos a las exportaciones de carácter especial y transitorio del 6% con vigencia entre el 1º de junio y el 30 de noviembre de 2014, para los sectores que se han visto más afectados por la contracción de la demanda externa.
Considerando: que se considera conveniente disponer una prórroga del citado artículo hasta el 31 de mayo de 2015.
Atento: a lo precedentemente expuesto.

El Presidente de la República

 

DECRETA:


Artículo 1º  Prorrógase hasta el 31 de mayo de 2015 lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 147/014 de 23 de mayo de 2014.

Artículo 2º  Comuníquese, etc.

Archivos asociados a este informe
Decreto 147/014 y Anexos I - II - III (Versión Presidencia)
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