Diciembre 22, 2021

AIN - Calendario para el Registro de Estados Contables 2022

 

PLAZO PARA EL REGISTRO DE ESTADOS CONTABLES

180 días corridos del cierre de ejercicio económico

 

Cierre del Ejercicio Económico      Vencimiento  
31/07/2021 27/01/2022
31/08/2021 27/02/2022
30/09/2021 29/03/2022
31/10/2021 06/05/2022
30/11/2021 05/06/2022
31/12/2021 06/07/2022
31/01/2022 06/08/2022
28/02/2022 03/09/2022
31/03/2022 04/10/2022
30/04/2022 27/10/2022
31/05/2022 27/11/2022
30/06/2022 27/12/2022

 


Sujetos obligados 

Deberán registrar sus estados contables ante la AIN: 

Las sociedades comerciales, las sociedades y asociaciones civiles, las fundaciones, las cooperativas, las sociedades y asociaciones agrarias, las entidades no residentes que cumplan las condiciones que establece el artículo 2° de la Ley N° 18.930 de 17/07/2012, los fideicomisos y fondos de inversión no sometidos a regulación por el Banco Central del Uruguay, las instituciones de asistencia médica privada de profesionales (IAMPP) y las sociedades por acciones simplificadas (SAS).


Condiciones

Deberán registrar sus estados contables válidamente emitidos y, en caso de corresponder, aprobados, cuando:

a) los ingresos totales del estado de resultados, al cierre de cada ejercicio anual, superen las 26:300.000 (veintiséis millones trescientas mil) Unidades Indexadas; o

b) obtengan ingresos que superen las 4:000.000 (cuatro millones) de Unidades indexadas al cierre de cada ejercicio anual, siempre que al menos el 90% (noventa por ciento) de los mismos generen rentas que no sean de fuente uruguaya.

En caso de que el ejercicio económico abarque un período menor a doce meses, los ingresos deberán ser proporcionados a un ejercicio completo.

El valor de la Unidad Indexada aplicable será el vigente a la fecha de cierre del ejercicio.


Instrumentación

El Registro de los estados contables se realiza a través de la Central de Balances electrónica (CBe). Es un sistema que permite la automatización de los procesos de registro de Estados Financieros y prevé el envío vía Web de la información a registrar.

La CBe utiliza XBRL, lenguaje extensible de informes de negocios, para estandarizar el intercambio de información financiera y posibilitando la conversión desde una planilla .xls o .xlsx a XBRL para su posterior presentación.


Sanciones

  • Multa

El incumplimiento del deber de registrar los estados contables en plazo dará lugar a la imposición, por parte de la Auditoría Interna de la Nación, de las siguientes multas:

a) Multa de 2.000 (dos mil) Unidades Indexadas.

b) En caso de reinterarse el incumplimiento en un período de cinco años calendario, se aplicará una multa de 3.000 (tres mil) Unidades Indexadas, que no será acumulable con la establecida en a).

  • Suspensión del Certificado Anual de la DGI

Una vez notificado el acto de imposición de la multa, la AIN comunicará a la Dirección General Impositiva, la nómina de aquellos obligados que omitieron registrar sus estados contables, a los efectos de la suspensión de la vigencia del certificado anual.

Comentarios

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