Diciembre 11, 2020

BPS - DGI - Ajuste anual de IRPF 2020 - Rentas de categoría II

En el mes de diciembre de 2020 se debe realizar el Ajuste anual de IRPF, correspondiente al ejercicio 2020 por las rentas correspondientes a la categoría II: trabajadores que se encuentran en relación de dependencia y trabajadores no dependientes que se encuentran declarados en la nómina de dicho mes.

Trabajo dependiente

Con el calendario de vencimientos del mes de Enero de 2021 (correspondiente al mes de cargo Diciembre de 2020), las empresas deberán presentar la liquidación del Ajuste Anual del IRPF de aquellos trabajadores que se encuentren incluidos en la Nómina de Historia Laboral de Diciembre de 2020.

Concepto

Es la diferencia entre el impuesto del ejercicio, correspondiente a un trabajador en una empresa y las retenciones efectuadas.

El cálculo y la retención, deberá realizarlo el empleador en su calidad de responsable sustituto, comprendiendo a todos los trabajadores que revisten en la empresa en el mes de diciembre.

Recordamos la vigencia de las modificaciones dispuestas por la Ley 19.321 de 29/05/15 y su Decreto reglamentario, las cuales se centran en la existencia de un grupo de trabajadores con exclusión del régimen de retenciones y en el tratamiento diferencial de los importes de Aguinaldo y Salario Vacacional.

Cálculo del Ajuste Anual

El BPS ha elaborado una guía para los contribuyentes que en el mes de cargo Diciembre/20 deban realizar el cálculo del Ajuste Anual de IRPF, contemplando los principales aspectos operativos y de cálculo.

Trabajo No dependiente

En el mes de diciembre de 2020, el BPS realiza el cálculo del Ajuste Anual respecto de los trabajadores no dependientes que se encuentren declarados en la nómina de dicho mes.

Sólo se computan como rentas de trabajo del no dependiente, las remuneraciones reales de socios de sociedades personales con contrato, Sociedades de Hecho (no contribuyentes de IRAE), Directores y Síndicos de S.A.

A tales efectos, se considerarán como ingresos anuales gravados por IRPF, la suma de los importes declarados en concepto 5 del período enero/2020 a diciembre/20, no verificándose cambios respecto a la operativa del ejercicio anterior.

DGI - Planilla de cálculo

La DGI difundió la Planilla de cálculo para estimar el ajuste anual de IRPF del año 2020 para el personal dependiente.

ACCEDER A LA PLANILLA DE CÁLCULO

Archivos asociados a este informe
Comunicado BPS 52/020 - Trabajadores no dependientes
| (Documento - 49,4 KB)
Comunicado BPS 53/020 - Trabajadores dependientes
| (Documento - 270,7 KB)
Comentarios

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