La Intendencia de Montevideo (IM) adecuó el régimen de la Contribución Inmobiliaria de los padrones rurales, en función de los valores establecidos por el gobierno nacional a través de la Dirección Nacional de Catastro.
Se establecieron beneficios de exoneración de Contribución Inmobiliaria Rural para determinados padrones, no retroactividad, pago gradual de nuevos valores y subsidios para contribuyentes que cumplan determinadas características.
Los beneficios son los siguientes:
Exoneración contribución inmobiliaria rural
Beneficiarios:
Se mantiene la posibilidad de exonerar la contribución en padrones que cumplen con los siguientes requisitos:
Este trámite abre cada año en enero y cierra en abril pero durante el 2024 se mantendrá abierto hasta el 30 de octubre para que los productores familiares puedan solicitar la exoneración.
Se deberá estar inscripto y activo como productor familiar agropecuario en el Registro de Productores Familiares Agropecuarios.
No retroactividad
Esta nueva obligación tributaria no tendrá carácter retroactivo, lo que significa que no se generará ninguna deuda anterior a la fecha de actualización de los valores.
Pago gradual
Para ello se considerará un tope anual de ingreso (según Literal E o IMEBA).