Marzo 07, 2023

Proyecto de Ley - Modificaciones tributarias - IRPF e IASS

El Poder Ejecutivo presentó un Proyecto de Ley que propone otorgar alivio fiscal a determinados contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

Se detallan a continuación las modificaciones propuestas:

IRPF

Respecto al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el proyecto de ley propone aumentar la base de determinadas deducciones admitidas incluidas en el artículo 38 del Título 7. Además, aumentar el crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles. 

  • Tasa de deducciones admitidas

Se propone aumentar la tasa a aplicar a las deducciones admitidas del 10% (diez por ciento) al 14% (catorce por ciento) para aquellos contribuyentes cuyos ingresos nominales anuales sean iguales o inferiores a 180 BPC (ciento ochenta Bases de Prestaciones y Contribuciones).


Ingreso nominal anualTasa de deducción actualTasa de deducción propuesta
 < = 180 BPC
10%14%
> 180 BPC
8%8% (permanece igual)


  • Deducción por hijos a cargo

Se propone aumentar la deducción por hijos menores de edad a cargo del contribuyente de 13 BPC (trece Bases de Prestaciones y Contribuciones) a 20 BPC (veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones). Se mantiene la duplicación en caso de hijos mayores o menores, legalmente declarados incapaces, así como aquellos que sufran discapacidades graves a 40 BPC (cuarenta Bases de Prestaciones y Contribuciones).

  • Deducción por préstamos hipotecarios 

Se propone aumentar el límite del costo de la vivienda única y permanente del contribuyente a efectos de poder aplicar la deducción por préstamos hipotecarios. El referido límite máximo pasaría de los actuales UI 794.000 (setecientas noventa y cuatro mil unidades indexadas) a UI 1:000.0000 (un millón de unidades indexadas). Se mantiene el monto tope de deducción anual de 36 BPC (treinta y seis Bases de Prestaciones y Contribuciones).

  • Crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles

Se establece un aumento en el porcentaje del monto del arrendamiento que se permite imputar al pago del impuesto al 8% (ocho por ciento). Actualmente este crédito fiscal está establecido en el 6% (seis por ciento). Por lo tanto, aquellos contribuyentes que fueran arrendatarios de inmuebles con destino a vivienda permanente podrán imputar el pago de este impuesto hasta el monto equivalente al 8% del precio del arrendamiento.

Es importante tener en cuenta al momento de computar el crédito fiscal por arrendamiento, que podrán acceder al mismo, los contribuyentes del IRPF (por rentas de trabajo) o del IASS. Por lo tanto aquellas personas que no hayan generado los mencionados impuestos, no podrán hacer uso del referido crédito.


IASS

  • Aumento del Mínimo No Imponible

A los efectos del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), se proyecta aumentar el mínimo no imponible (MNI) de 96 BPC (noventa y seis Bases de Prestaciones y Contribuciones) a 108 BPC (ciento ocho Bases de Prestaciones y Contribuciones). 

  • Crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles

Se establece un aumento en el porcentaje del monto del arrendamiento que se permite imputar al pago del impuesto del 6% (seis por ciento) al 8% (ocho por ciento), en las mismas condiciones establecidas anteriormente para el IRPF. 


Monotributo Social MIDES

Se establece para aquellos contribuyentes comprendidos en el régimen de tributación dispuesto por la Ley Nº 18.874 de 23/12/2011 (Monotributo Social MIDES), cuyo registro se encuentre suspendido de oficio por el Banco de Previsión Social (BPS) a la fecha de promulgación de la presente ley, que se condonan los adeudos devengados a partir del mes de marzo de 2020. 


Vigencia

Las modificaciones dispuestas en el ámbito del IRPF e IASS, regirán para hechos generadores acaecidos a partir del 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Archivos asociados a este informe
Proyecto de Ley de 2/03/2023
| (Documento - 374,6 KB)
Comentarios

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