Marzo 13, 2014

Caja de Profesionales - Certificado de Estar al Día


CAJA DE PROFESIONALES  

CERTIFICADO DE ESTAR AL DIA  


A partir del mes de marzo del presente año, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) implementó un nuevo sistema a través de su página Web para la emisión de los Certificados de Estar al Día dispuestos por el artículo 124 de la Ley 17.738 de 7 de enero de 2004.   La validez del Certificado es de un año calendario.  

El procedimiento incluye la obtención previa por parte del afiliado del usuario y contraseña que proporciona la Institución.  


VER PROCEDIMIENTO
       


Legislación aplicable:

El artículo 124 de la Ley 17.738 de 7 de enero de 2004 (Ley de Estructura Orgánica de la Caja) establece:  

"Art. 124.- (Certificados de profesionales).- La Caja deberá expedir anualmente certificados que acrediten que los afiliados se encuentran al día con sus obligaciones para con la misma. Ninguna persona de derecho público, bajo la responsabilidad de su Contador, o de quien haga sus veces, podrá pagar sueldos u honorarios a profesionales, sin que previamente presenten el referido certificado. Las entidades privadas en general, quedan obligadas a exigir dicho certificado a los profesionales, bajo sanción de ser solidariamente responsables de lo adeudado. La exigencia precedente rige para todos los profesionales, aunque los servicios retribuidos no sean de su profesión.”  

Referente al Fondo de Solidaridad  

El Certificado también establece que no se tienen deudas con el Fondo de Solidaridad y su adicional ante la Caja de Jubilaciones Profesionales. Esta certificación cumple con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley 16.524, de 25 de julio de 1994 en la redacción dada por el art. 1º de la Ley 17. 451 de 10 de enero de 2002 que exige estar al día con el Fondo de Solidaridad a los efectos del cobro de facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna. 

Comentarios

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