Abril 08, 2020

Trabajadores en subsidio por desempleo - Pensiones alimenticias

Ante la situación actual de emergencia sanitaria, el Banco de Previsión Social y la Suprema Corte de Justicia, acordaron un mecanismo para actualizar el Registro Nacional de personas obligadas a pagar pensiones alimenticias (RENOA)

De esta forma, las pensiones alimenticias provisorias o definitivas pagadas por obligados alimentarios a través de una retención de su salario serán descontadas, cuando corresponda, de los seguros de desempleo que beneficien al deudor de alimentos.

No se requiere realizar ningún trámite ante el BPS a efectos de percibir esta retención.

Esta nueva disposición autoriza, excepcionalmente, para las pensiones alimenticias anteriores a 2017 y las aún no integradas al Registro, que los titulares o administradores de la pensión o sus representantes soliciten vía mail al correo electrónico de la Sede Judicial competente que se realice la comunicación al RENOA.

A estos efectos, la parte interesada debe enviar la solicitud al Juzgado Letrado, aportando el número de Identificación Única del Expediente judicial (IUE) y la mayor cantidad de datos posibles, como el nombre completo del obligado alimentario, beneficiario y administrador, el número de sentencia, la identificación de cuenta bancaria para realizar el depósito de la pensión, etc. En caso de no contar con el IUE, y solamente para los expedientes tramitados en Montevideo, pueden enviar un correo a consultas@poderjudicial.gub.uy, a fin de que se le proporcione ese dato.

Fuente: BPS

VER COMUNICADO BPS

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Circular 56/020 - Poder Judicial
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