Junio 25, 2019

Subsidio al transporte público de pasajeros


Antecedente

El artículo 349 de la Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018 facultó al Poder Ejecutivo a implementar en forma equitativa entre Montevideo y el resto de los departamentos un subsidio destinado a apoyar la transición inicial hacia tecnologías más eficientes y sostenibles en el transporte público colectivo de pasajeros a nivel nacional mediante la sustitución de hasta 4% (cuatro por ciento) de su flota de ómnibus con motor diésel por ómnibus con motorización eléctrica.

El subsidio está dirigido a los operadores de transporte público colectivo de pasajeros de todo el país que tengan interés en realizar la sustitución de un ómnibus diésel por un ómnibus con motorización eléctrica.

Reglamentación

El Decreto 165/019 de 17 de junio de 2019 reglamentó el artículo 349 de la Ley 19.670, creando una Comisión Tecnica para la implementación del subsidio.

Convocatorias

A los efectos de llamar a eventuales operadores postulantes al subsidio para la adquisición de ómnibus con motorización eléctrica, la Comisión Técnica realizará convocatorias públicas a operadores para acceder al subsidio destinado a apoyar la sustitución inicial de ómnibus con motor diésel por ómnibus con motorización eléctrica 0 (cero) kilómetro.

Archivos asociados a este informe
Decreto 165/019 de 17 de junio de 2019
| (Documento - 4,6 MB)
Comentarios

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