Junio 05, 2020

MTSS - Protocolo de reapertura de Shopping Centers

Mediante acuerdo tripartito de fecha 4 de junio de 2020, se estableció un protocolo sanitario para la reapertura de los Shopping Centers. Este protocolo permitirá la reapertura de los Shopping Centers de todo el país (con la excepción del departamento de Rivera), el próximo martes 9 de junio a las 12:00 horas. 

En el documento se incluyen diversas medidas de higiene, prevención y distanciamiento social que deberán cumplir los Shopping Centers, así como las empresas arrendatarias de los locales comerciales. 

Se constituye asimismo una comisión tripartita de salud e higiene laboral compuesta por la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS, Fuecys y los centros comerciales, la que estará habilitada para realizar el control y seguimiento del protocolo, así como  ajustar los requerimientos.

El protocolo estará vigente hasta el momento en que el Poder Ejecutivo de por finalizada la emergencia sanitaria por COVID 19.

Para el caso de las Salas de Cines, Casinos y locales de juegos para niños y adolescentes, los mismos continuarán cerrados, hasta que las autoridades competentes aprueben su reapertura oportunamente. 

Entre las medidas del Protocolo se destacan los siguientes aspectos: 

  • Horario reducido

Se dispondrá en forma provisoria de un horario de atención al público reducido. En tal sentido, el horario general de atención al público será de lunes a viernes de 12:00 hasta las 20:00 horas, y los días sábados y domingo desde las 11:00 hasta las 20 horas.

Los locales de Plaza de Comidas operarán desde las 12:00 a las 20:00 horas, pudiendo extender sus operaciones hasta las 21 horas de manera opcional.

  • Locales gastronómicos

En una primera etapa la apertura en plaza de comidas será de venta de alimentos para llevar o delivery en mostrador, sin la permanencia de clientes en mesas.

  • Trabajadores

* Se incluye también en las medidas a trabajadores de empresas tercerizadas que trabajan en forma permanente para el shopping (limpieza, seguridad, mantenimiento, etc.)

Se realizará control de temperatura mediante dispositivos láser de manejo manual a todo el personal al ingreso al trabajo y se le interrogará por la aparición de síntomas o cambios en su declaración previa de estado sanitario.

Mientras se controla la temperatura al ingreso, será obligatorio realizarse higiene de manos con alcohol gel del mismo modo que si se marca el reloj para los descansos. Se dispondrá también de desinfectante (alcohol en gel o similar) al lado de los relojes a estos efectos.

El uso de mascarilla será obligatorio en todo momento dentro de las instalaciones del shopping. El Shopping entregará mascarillas de tela (preferentemente de algodón) a todo su personal. Los comerciantes deberán entregarlas al suyo. Con relación al público que visita el shopping, el mismo deberá traer su propia mascarilla para ingresar.

Asimismo, cada arrendatario deberá entregar a su personal los elementos de protección que sean recomendados por el MSP según su giro específico de actividad.

  • Clientes

Se realizará control de temperatura mediante termómetros laser de manejo manual o mediante cámaras termográficas.

Será obligatorio el uso de máscaras para poder ingresar al shopping, y de forma permanente mientras dure su permanencia en el shopping.

Se deberá realizar higiene de manos antes del ingreso al shopping con alcohol en gel controlado y obligatorio. También se deberán disponer de dispensadores de alcohol en gel en el mostrador de la caja de cada local comercial.

El aforo máximo permitido será de 1 persona cada 5 metros cuadrados de superficie del local.

Con respecto a la ropa que sea tocada o probada por el cliente, la misma podrá desinfectarse con vapor de agua. De no poder contar con tal producto, las prendas deberán quedar aisladas por 48 horas.

Archivos asociados a este informe
Protocolo para la reapertura de los Shopping Centers
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