Enero 28, 2020

Certificado de Antecedentes Judiciales

Certificado de Antecedentes Judiciales a Instituciones

 

Mediante Decreto 17/020 de 13/01/020 ha sido reglamentada la Ley 19.791 de 30/08/019 sobre la expedición del certificado de antecedentes judiciales en la contratación de personas, por instituciones que impliquen trato directo con niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia.

Se establece que todas las instituciones públicas o privadas pertenecientes al área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, deberán solicitar a la Dirección Nacional de Policía Científica que expidan un certificado informando si la persona a ser contratada tiene antecedentes judiciales por la comisión, en cualquier calidad, de los siguientes delitos:   

A)   Violación (artículo 272 del Código Penal).   

B)   Abuso sexual (artículo 272-BIS del Código Penal).   

C)   Abuso sexual especialmente agravado (artículo 272-TER del Código Penal).   

D)   Atentado violento al pudor (artículo 273 del Código Penal).   

E)   Abuso sexual sin contacto corporal (artículo 273-BIS del Código Penal).   

F)   Corrupción (artículo 274 del Código Penal).   

G)   Reducción de personas a la esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso (artículo 280 del Código Penal).   

H)   Esclavitud sexual (artículo 280-BIS del Código Penal).   

I)   Unión matrimonial o concubinaria forzada o servil (artículo 280-TER del Código Penal).   

J)   Prostitución forzada (artículo 280-QUATER del Código Penal).   

K)   Los consagrados en la Ley N° 17.815, de 6 de setiembre de 2004.

La Dirección Nacional de Policía Científica, elevará el certificado, que según establece el texto legal no tendrá costo alguno para la Institución solicitante.

La Dirección Nacional de Policía Científica en Montevideo, y los Departamentos de Policía Científica en el interior del país, expedirán "Certificados de Antecedentes Judiciales" a cada Institución solicitante y a las propias personas interesadas.

Cuando se extienda la referida certificación, solamente se consignará en ella si el solicitante tiene o no tiene antecedentes según lo previsto en la ley.

La Institución podrá requerir detalles de los antecedentes de la  persona a ser contratada, solicitando una ampliación ante la dependencia en donde se expidió el certificado. El trámite será gestionado por el interesado en forma presencial, indicando el destino, y acreditando la identidad con el documento pertinente.

Se prevé en la norma reglamentaria que el costo del trámite por el interesado sea de 26,50 Unidades Indexadas, que es el costo que actualmente tiene la expedición de los antecedentes judiciales. 

La operativa de la tramitación relativa a las instituciones será comunicada próximamente por la Policía Científica, a cuyo sitio web se puede acceder por el siguiente link: https://www.minterior.gub.uy/index.php Tel. de contacto de Policía Cintífica: 220304000

      

Archivos asociados a este informe
Decreto 17/020 de 13 de enero de 2020
| (Documento - 951,4 KB)
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