Mayo 15, 2020

Flexibilidad del subsidio por desempleo - Forma de solicitud

Mediante Resolución de MTSS de 07/05/20 se creó un régimen especial transitorio por los meses de abril y mayo de 2020, que permite acceder al Subsidio por Desempleo por causal Suspensión Total a trabajadores que no reúnen los requisitos establecidos en el régimen general.

De esta forma, trabajadores que cuentan con entre 3 y 5 meses de aportación en los últimos 12 meses (o entre 75 y 149 jornales en el mismo período para el caso de trabajadores jornaleros), igualmente podrán acceder al cobro de un Seguro de Desempleo. 

Asimismo, los trabajadores comprendidos en los siguientes grupos de actividad tienen derecho a la prestación, aún cuando perciban otros ingresos por otra actividad remunerada:

  • Grupo 16. "Servicios de Enseñanza"
  • Grupo 18 "Servicios culturales de esparcimiento y comunicaciones"
  • Grupo 20 "Entidades gremiales, sociales y deportivas".

Ver al respecto Informe de GPA de 10/05/20

Trámite ante BPS y fecha de pago

BPS comunicó que a efectos de la gestión de este subsidio los empleadores podrán realizar el ingreso de las solicitudes a través de la funcionalidad web de Desempleo común a partir del lunes 18 de mayo, las que quedarán en estado pendiente hasta ser procesadas y, verificando que cumplen las condiciones, se comenzarán a pagar a partir del lunes 15 de junio.

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