Diciembre 14, 2017

FONASA - Servicios Personales - Cese de amparo



FONASA 

SERVICIOS PERSONALES EXCLUSIVOS  

Cese del amparo al FONASA por ingresos del ejercicio 2017

Plazo: 10 de enero de 2018 

 

Los titulares de Servicios Personales que siendo contribuyentes exclusivos FONASA, que no hayan superado ingresos por $ 108.330 (sin IVA) en el año 2017,  dejarán de ser beneficiarios del Seguro Nacional de Salud a partir del 1º de enero de 2018. Si por inicio de actividades el período fuera menor, deberá prorratearse a razón $ 9.028 por cada uno de los meses.

Ante tales circunstancias y a efectos de no generar deudas por Reintegros Mutuales, los contribuyentes que se encuentren en la situación señalada, deberán modificar el código de Seguro de Salud, antes del 10 de enero de 2018. A partir del mes de cargo enero 2018 el trabajador y su familia dejan de ser beneficiarios del Seguro Nacional de Salud. 


Códigos de Salud a ingresar:

- Código 9 para Profesionales y no Profesionales
- Código 40 para Escribanos


Medios disponibles para comunicar:

Aplicativo Web “Modificación de Seguro de Salud” o por mail a gafi@bps.gub.uy


Consultas ante BPS:

Tel. 24000151 al 59 - internos 2659, 2352, 2044 o 2479

Archivos asociados a este informe
Comunicado BPS Nº 47/2017 - Cese de Amparo al Fonasa
| (Documento - 137,2 KB)
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