Diciembre 02, 2020

BPS - Limitación del seguro de enfermedad en caso de viajes por turismo

Mediante Resolución de Directorio de BPS N° 40-6/2020 se estipuló que a partir del 1° de diciembre de 2020 las certificaciones médicas indicadas por motivo de cumplimiento de la cuarentena obligatoria, que deriven de viaje al exterior por motivos turísticos o de esparcimiento, no quedarán comprendidas en la cobertura del Subsidio por Enfermedad que otorga BPS.

En el caso de que se otorgue el subsidio por enfermedad, previsto en la Ley N° 14.407, y luego se constate que es a causa de cuarentena obligatoria proveniente de viaje al exterior por motivos turísticos o de esparcimiento, se tomará lo abonado como un pago indebido, debiendo la persona reintegrar los pagos que se hubieren realizado.

Cuarentena obligatoria a personas que ingresan al país

De acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 195/020 de 15/07/20, en cumplimiento de las medidas sanitarias, todas las personas, ya sean nacionales o extranjeras, que pretendan ingresar al país, deberán realizar cuarentena obligatoria por siete días, debiéndose realizar al séptimo día de estadía en territorio nacional un nuevo test o extender el aislamiento social preventivo por siete días más. 

Subsidio por enfermedad para trabajadores en cuarentena

Recordamos que más allá de esta nueva excepción en caso de viajes al exterior por motivos turísticos o de esparcimiento, continúa vigente el Art. 5º del Decreto 94/020 de 23 de marzo de 2020 que establece que todas aquellas personas obligadas a guardar un régimen de aislamiento a causa del riesgo de contraer o contagiar el virus COVID-19, y estén comprendidas en el régimen de subsidio por enfermedad de BPS (Decreto-Ley N° 14.407), tendrán derecho a percibir la prestación correspondiente por el período que corresponda.

Archivos asociados a este informe
Resolución del BPS 40-6/20
| (Documento - 106,7 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.