Julio 21, 2020

BPS - Facilidades de pago

Mediante comunicado N° 34/2020 el BPS informó un nuevo régimen especial de facilidades de pago para ciertas empresas sin personal, con actividad de Industria y Comercio aplicable a las obligaciones generadas durante la emergencia sanitaria.

Sujetos comprendidos

  • Empresas unipersonales
  • Sociedad de hecho comprendidas en el régimen de Monotributo
  • Sociedades de hecho comprendidas en el régimen de Monotributo Social MIDES

Es requisito para acceder al régimen que la empresa no haya tenido personal dependiente en actividad ni amparado a subsidios en cada mes que se pretenda financiar.

Obligaciones comprendidas

  • Aportes personales generados a partir de febrero de 2020 y hasta tanto dure la emergencia sanitaria
  • Aportes patronales generados a partir de febrero de 2020 y hasta tanto dure la emergencia sanitaria

Financiación

La financiación podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales en moneda nacional, cuyo importe no podrá ser inferior al 20 % de las obligaciones corrientes patronales a la fecha de la suscripción del convenio.

Vías de consulta

El comunicado establece que las consultas podrán efectuarse a partir del lunes 27 de julio:

  • a través de Consúltenos, tema Empresarios, opción Facilidades de pago
  • de manera presencial con reserva previa en: 

                                          - Montevideo, Sarandí 570, 2.° Piso, Gestión de Cobro.
                                          - Sucursales y agencias del interior del país.

Archivos asociados a este informe
Comunicado BPS 34/2020
| (Documento - 65,3 KB)
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