Enero 24, 2019

BPS - Empresas afectadas por situación climática


Mediante Resolución de Directorio  1-45/2019 el BPS contempla, con carácter general, las eventuales situaciones de excepcionalidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que puedan presentar empresas de todo el país a consecuencia de los factores climáticos, que son ajenos a su voluntad;

Prórrogas

- Se prorroga el pago de los aportes rurales correspondientes al Tercer Cuatrimestre de 2018 hasta el último día hábil del mes de enero de 2019 en aquellas empresas afectadas por las inundaciones y que lo acrediten.

- También se prorroga el pago de los aportes de Industria y Comercio por los meses de Diciembre/18 y Enero/19 para el último día hábil de enero y febrero de 2019 respectivamente.  

Período de inactividad

Se establece con carácter general para todo el país, que de no haberse desarrollado actividad personal remunerada como consecuencia de las inundaciones, en particular en el sector norte del Río Negro, se entiende que no se configuró el hecho generador tributario, por lo que no corresponde el pago de las contribuciones especiales se seguridad social de los no dependientes.

En caso de contar con personal dependiente, se deberá acreditar que los mismos no han desarrollado ninguna actividad en la empresa en el lapso correspondiente.

Certificación

El período de inactividad se deberá acreditar específicamente mediante certificado emitido por la Comisión Nacional de Emergencia o por el Comité Departamental de Emergencia respectivo.

Exclusión

Se excluyen del beneficio las obligaciones correspondientes al FONASA. 

 

Archivos asociados a este informe
RD 1-45/201 de 23 de enero de 2019
| (Documento - 17,6 KB)
Comentarios

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