Junio 10, 2019

Grupo 12-07 - "Cafés, Bares, Pubs, etc." - Capítulo "Food Trucks"


Mediante Acta fechada el 28 de mayo de 2019 se creó dentro del Grupo 12 subgrupo 07 "Cafés, Bares,Pubs, cervecerías, etc." el capítulo "Food Trucks", que comprende:

todo tipo de unidad alimentaria ambulante móvil, que elabore y/o expenda alimentos o bebidas del tipo que fuere al detalle y/o envasados, que funcione tanto en lugares abiertos como cerrados, ya sea públicos o privados, en calles, plazas, acceso a espectáculos públicos o privados, en calles, plazas, acceso a espectáculos públicos, fiestas privadas y demás eventos; a diferencia de las unidades alimentarias que están emplazadas en un lugar fijo y tienen una limitada carta de oferta gastronómica y que están en el Subgrupo 06.

Asimismo cuando esta unidad funcione bajo la misma razón social o con dependencia de una casa matriz determinada y/o además cuando este referido a una misma marca comercial, en cuanto al Subgrupo, se aplicará el criterio del giro principal.

El nuevo Capítulo comenzará a regir a partir del 1º de enero de 2020, creándose una Comisión Tripartita que estudiará las categorías, beneficios, salarios mínimos y ajustes correspondientes.

Archivos asociados a este informe
Acta de 28 de mayo de 2019 - Creación del Capítulo "Food Trucks"
| (Documento - 682,7 KB)
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